Derechos de los Viajeros: Viajes Combinados II

 
 
Se entiende por viaje combinado el que sobrepasa las veinticuatro horas o incluye una noche de estancia, y que combina, al menos, dos servicios turísticos (transporte, alojamiento, comidas o visitas guiadas) como parte significativa del viaje, y que se vende por un precio global.
          
Aspectos tratados:


1. FOLLETO INFORMATIVO

El detallista, o en su caso el organizador, debe facilitar al consumidor un programa o folleto informativo, claro, preciso y por escrito, con la oferta del viaje combinado, que debe incluir la información siguiente:

1. Destino o destinos del viaje y medios de transporte, con mención de sus características y clase.

2. Duración, itinerario y calendario de viaje.

3. Relación de los alojamientos con indicación de su ubicación, categoría y características, así como su clasificación turística en los países donde exista clasificación oficial.

4. Número de comidas que se van a servir y si las bebidas están o no incluidas en el menú.

5. Documentación necesaria para viajar: pasaportes, visados y las formalidades sanitarias necesarias.

6. Precio final del viaje combinado, precio estimado de las excursiones optativas, importe o porcentaje del precio que deba pagarse en concepto de anticipo, calendario para el pago de la parte de precio que quede pendiente y condiciones de financiación, en el caso de que se oferten.

7. Número mínimo de inscripciones necesarias para la realización del viaje, y si lo hay, fecha límite para informar al consumidor de la anulación por falta de inscripciones.

8. Casos y consecuencias de la cancelación del viaje.

9. Nombre y domicilio del organizador del viaje, así como, en su caso, de su representación legal en España.

10. Toda información adicional y adecuada sobre las características del viaje ofertado.


La información contenida en el folleto es vinculante para el organizador o el detallista del viaje combinado, excepto si se da alguna de las circunstancias siguientes:

1. Que, si existen cambios, estos se comuniquen por escrito al cliente antes de la celebración del contrato y condición que debe figurar en el folleto para poder ser aceptada.

2. Que se produzcan posteriormente modificaciones, siempre que esta condición haya sido acordada previamente por escrito entre las partes contratantes.


2. CONTRATO

El contrato debe formalizarse por escrito y en él deben figurar, al menos, los datos siguientes:

1. Las fechas, horas y lugares de salida y de regreso; el destino o los destinos; los medios de transporte con referencia de sus características y categorías; y la situación del alojamiento, la categoría y el número de comidas incluidas, si se han contratado estos servicios.

2. Si se exige un número mínimo de personas para que se realice el viaje, se debe indicar la fecha límite de cancelación que, al menos, debe ser de diez días antes de la fecha de inicio.

3. El itinerario.

4. Las visitas, excursiones y demás servicios incluidos en el precio total del viaje combinado.

5. El nombre y la dirección del organizador, del detallista y, si procede, del asegurador.

6. El precio del viaje, con indicación sobre posibles revisiones e impuestos no incluidos.

7. Modalidades de pago, calendario y condiciones de financiación.

8. Cualquier solicitud del consumidor que haya sido aceptada por el organizador o detallista.

9. La obligación del consumidor de comunicar, por escrito o de cualquier otra forma que deje constancia, los incumplimientos del contrato.

10. El plazo para formular una reclamación.

11. El plazo en que el consumidor podrá exigir la confirmación de sus reservas.

Además, en el momento de formalizar el contrato, la agencia tiene que facilitar al consumidor los títulos, bonos y demás documentos de los servicios contratados, así como entregar una factura en la que figure el precio total abonado.


3. INFORMACIÓN ADICIONAL DEL CONTRATO 

Antes de iniciarse el viaje y con tiempo suficiente, el consumidor debe disponer por escrito de la información siguiente:

1. Horarios, lugares de las escalas, enlaces y categoría de la plaza que se va a ocupar en el medio de transporte.

2. Nombre, dirección y número de teléfono de la representación del organizador o detallista en cada destino o, en su defecto, los de los organismos locales que puedan ayudar al consumidor en caso de dificultades. Cuando no existan dichas representaciones y organismos, el consumidor deberá disponer, en cualquier caso, de un número de teléfono de urgencia o de cualquier otra información que le permita ponerse en contacto con el organizador o detallista.

3. Para los viajes y estancias de menores en el extranjero, la información que permita establecer un contacto directo con ellos o con los responsables de su estancia durante el viaje.

4. Posibilidad de suscribir un seguro que cubra los gastos de cancelación por parte del consumidor o los de asistencia, en caso de repatriación por accidente, enfermedad o muerte.


4. REVISIÓN DE PRECIOS

Por regla general, los precios no pueden ser modificados, si bien el contrato puede contemplar cláusulas que permitan variaciones, tanto al alza como a la baja, en el precio de los transportes, incluido el coste del carburante, las tasas e impuestos relativos a determinados servicios y los tipos de cambio aplicados al viaje organizado. Esta revisión, solamente podrá producirse hasta 20 días antes de la salida.


5. MODIFICACIONES DEL CONTRATO

Si antes de la salida del viaje, el organizador se ve obligado a modificar algún elemento esencial del contrato, debe ponerlo en conocimiento del consumidor. Así, el consumidor podrá optar entre poner fin al contrato sin penalización alguna o aceptar su modificación. En este caso, se tendrán que precisar por escrito las variaciones introducidas y su repercusión en el precio.

El cliente debe comunicar la decisión que tome al detallista o al organizador dentro de los tres días siguientes de tener conocimiento de la modificación. En el supuesto de que no notifique su decisión, se entenderá que opta por poner fin al contrato.

El consumidor tiene derecho a que se le devuelvan las cantidades que haya pagado en un plazo de 30 días.


6. CANCELACIÓN DEL VIAJE

CANCELACIÓN DEL VIAJE POR LA AGENCIA

Si antes de la fecha de salida el viaje queda cancelado por motivos imputables a la empresa, el consumidor tiene derecho al reembolso del dinero pagado, o a realizar otro viaje combinado de calidad equivalente o superior, siempre que el organizador o detallista pueda proponérselo. Si es de calidad inferior, la empresa debe devolver la diferencia.
 
 Por otro lado, si el consumidor reserva un viaje y finalmente no obtiene confirmación en los términos contratados, la agencia debe pagar las siguientes indemnizaciones:

• Un 5% del precio total, si el incumplimiento se produce entre los dos meses y 15 días antes de la salida.
• Un 10%, si es entre los 15 y los tres días.
• Un 25%, si ocurre 48 horas antes.


Cuando el incumplimiento se dé durante el viaje, la agencia debe intentar solucionar el problema con medidas que no impliquen un aumento del precio, teniendo que devolver la diferencia si las nuevas condiciones son inferiores. El cliente puede aceptar las condiciones y continuar el viaje. Pero, si no acepta, la empresa debe proporcionar un medio de transporte para su regreso sin coste adicional.

No existe obligación de indemnizar en los siguientes supuestos:

• Cuando la cancelación se debe a que el número de personas inscritas para el viaje combinado es inferior al exigido y así se comunica por escrito al consumidor antes de la fecha límite fijada a tal fin en el contrato.
• Cuando la cancelación del viaje se debe a motivos de fuerza mayor.


CANCELACIÓN DEL VIAJE POR EL CONSUMIDOR

Si el consumidor cancela el viaje, tiene derecho a la devolución de los pagos que ha realizado, pero debe abonar al organizador o detallista una indemnización en concepto de gastos de gestión y de anulación, si los hay y están debidamente justificados. Además, debe pagar las penalizaciones siguientes:

• Un 5% del precio total, si la cancelación se da entre diez y 15 días antes de la salida.
• Un 15%, si es entre tres y diez días.
• Un 25 %, si ocurre 48 horas antes. Si el consumidor no se presenta a la salida, deberá abonar el importe total del viaje.

En caso de que el viaje esté sujeto a condiciones económicas especiales de contratación, tales como flete de aviones, buques, tarifas especiales, etc., los gastos de cancelación se establecerán de acuerdo con las condiciones acordadas entre las partes.

Si la anulación se debe a causas de fuerza mayor (por ejemplo, enfermedad, accidente…), el consumidor tiene derecho a recuperar todas las cantidades pagadas sin obligación de indemnizar.

También existen unos seguros de cancelación que cubren los gastos de los titulares del viaje hasta un importe máximo.


7.- CESIÓN DEL VIAJE

El consumidor puede ceder gratuitamente su reserva a otra persona siempre que reúna todas las condiciones exigidas por la agencia para realizar el viaje contratado (por ejemplo, que tenga el visado en el caso de que el país de destino lo solicite).

La cesión debe comunicarse por escrito al detallista o al organizador, con una antelación de 15 días antes de la fecha de inicio del viaje, salvo que las partes pacten un plazo menor en el contrato.


Fuente: ConsuMadrid




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