Productos autorizados: Productos de animales

        
          

VIAJES EN LA UNIÓN EUROPEA (UE)

En los viajes dentro de la UE no existe ninguna limitación para llevar carne, lácteos u otros productos derivados de los animales, pues todos los países miembros tienen unas normas veterinarias comunes y muy estrictas. Sin embargo, puede haber restricciones en caso de brotes localizados de enfermedades animales.


VIAJES DESDE FUERA DE LA UE

En los viajes hacia o desde Andorra, Liechtenstein, Noruega, San Marino o Suiza se aplican las mismas normas que para los viajes dentro de la UE. No existen pues limitaciones para llevar productos derivados de los animales salvo aquellas impuestas por motivos de salud, o protección (ver Restricciones de Animales y Plantas).

Si llegas a la UE procedente de un país que no está entre los citados, no puedes traer carne ni productos lácteos sin la documentación veterinaria oficial; para ello, consulta si el producto de su interés reúne los requisitos legales necesarios con la autoridad veterinaria de dicho país. Con ello se quiere evitar que se propaguen enfermedades animales graves en la UE.

¿Cómo puedo introducir carne o productos lácteos en la UE?

Puede introducirlos si sigue el mismo procedimiento que para las importaciones comerciales. Esto significa que debe:  

  • obtener la documentación veterinaria necesaria de la UE de los servicios veterinarios oficiales del país del cual viaje, mientras sea un país acreditado, declarando que las mercancías se ajustan a los requisitos de entrada en la UE; y
  • entrar en la UE a través de un puesto de inspección fronterizo autorizado de la UE para el control veterinario, declarar tales mercancías y presentar la documentación apropiada.

¿Qué ocurre con otros productos de origen animal?

Si quiere introducir en la UE pequeñas cantidades de productos de origen animal, con excepción de carne y productos lácteos, tales como miel, huevos y pescado, para consumo personal, sírvase comprobar las normas con la autoridad competente de su país.

¿Qué ocurre con la leche o los alimentos infantiles?

Se permite introducir cantidades limitadas de leche infantil en polvo, alimentos infantiles y alimentos requeridos por razones médicas a condición de que:  

  1. tales productos no requieran refrigeración antes de su apertura;
  2. sean productos de marca empaquetados para la venta directa al consumidor final;
  3. el envase esté intacto o bien sea utilizado en ese momento.


Nota: Los viajeros procedentes de Croacia, las islas Feroe, Groenlandia e Islandia pueden traer a la UE pequeñas cantidades de carne y productos lácteos para consumo personal.
       
       
  
          
          
    
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